Canal ético para fundaciones: cómo evitar conflictos de interés y sanciones reputacionales
Un canal ético eficaz es clave en cualquier fundación para detectar irregularidades, gestionar conflictos de interés y proteger la reputación. Con la Ley 2/2023, disponer de un Sistema Interno de Información (SII) dejó de ser opcional: ahora exige canales seguros, confidenciales y procedimientos claros, con coordinación RGPD.
Riesgos típicos en fundaciones
- Conflictos de interés en patronato, dirección o equipos de proyectos.
- Riesgo reputacional ante donantes, administración y beneficiarios.
- Uso inadecuado de fondos, compras o contrataciones sin controles.
- Incumplimientos de privacidad y seguridad de la información (RGPD).
Obligaciones clave (Ley 2/2023)
- Canales accesibles (incluida opción anónima) y confidenciales.
- Procedimiento de recepción, evaluación, investigación y respuesta.
- Registro de comunicaciones, plazos y medidas de protección al informante.
- Independencia del órgano gestor y ausencia de represalias.
- Coordinación RGPD con protección de datos (información, minimización y seguridad).
Cómo estructurar el canal en tu fundación
Recomendamos un diseño simple y trazable que incluya:
- Política de conflictos de interés con registro de intereses y reglas de abstención.
- Plataforma segura con cifrado, control de accesos y evidencias.
- Protocolo de investigación (triage, plan de investigación, informe y medidas).
- Formación a patronato, dirección y personal; y comunicación a terceros.
- KPIs: tiempos de respuesta, tasa de resolución, medidas correctoras y reincidencias.
Recursos relacionados
• Ver el servicio de Canal Ético (implantación y gestión externa).
• Refuerza tu marco de control con compliance penal y prevención de blanqueo.
• Dudas habituales: revisa consultas frecuentes.
FAQ sobre canal ético en fundaciones
¿Quién debe gestionar el canal dentro de la fundación?
Un órgano independiente (p. ej., responsable del SII o comité de ética) con acceso restringido. Puede apoyarse en gestión externa para reforzar independencia y capacidad.
¿Se admiten denuncias anónimas?
Sí. La ley permite comunicaciones anónimas siempre que se garantice la confidencialidad y la adecuada tramitación.
¿Qué plazos debo cumplir?
Acuse de recibo y seguimiento en plazos razonables; mantener informada a la persona informante y registrar actuaciones. Documenta todo para auditoría.
¿Podemos externalizar el canal?
Sí. La externalización es válida si hay contrato con garantías de confidencialidad, independencia, seguridad y cumplimiento RGPD.
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