Canal Ético Canal Ético y Sistema Interno de Información (Ley 2/2023)
Implanta tu Canal Ético conforme a la Ley 2/2023 en días. Cumple la Ley 2/2023 Sistema seguro, anónimo y auditado. Gestión externa experta, no necesitas medios propios especializados. Soporte continuo. Solicita diagnóstico gratuito.
👉 ¿Qué ocurre si no implantas un Canal Ético?
No se trata solo de cumplir con la Ley 2/2023. La ausencia de un Canal Ético puede generar:
⚖️ Responsabilidad penal del directivo o responsable interno: hasta 2 años de prisión en determinados supuestos de omisión de control.
📑 Responsabilidad civil de la entidad: indemnizaciones y daños por incumplimiento.
💸 Sanciones administrativas: multas que pueden superar 1.000.000 €.
📉 Pérdida de reputación: pérdida de confianza de plantilla, clientes y financiadores.
👉 Un Canal Ético no es un trámite burocrático. Es la diferencia entre estar protegido o estar expuesto legal y personalmente.
Beneficios del Canal Ético
✅ Evitas sanciones y proteges la reputación.
✅ Cumples plazos y requisitos legales.
✅ Proporcionas anonimato real a la persona informante.
✅ Aumentas la confianza interna y externa.
Ventajas de la gestión externa
⚖️ Cumplimiento garantizado.
⚖️ Anonimato real.
⚖️ Rapidez de implantación (menos de 7 días).
⚖️ Asequible y escalable.
⚖️ Soporte experto y formación continua.
¿Qué incluye el servicio?
📌 Canal accesible y seguro.
📌 Recepción y GESTIÓN de denuncias con profesionalidad y seguridad. Asesoriamiento continuo y desde el primer momento.
📌 Registro de actuaciones con plazos definidos.
📌 Coordinación con RGPD y protección de datos.
📌 Personal especializado.
👉 ¿Quién está obligado a implantar un Canal Ético?
La Ley 2/2023 establece claramente las entidades que deben disponer de un sistema interno de información:
✅ Empresas y entidades con más de 50 empleados.
✅ Asociaciones y fundaciones que reciban fondos o ayudas públicas.
✅ Administraciones públicas y organismos dependientes.
✅ Organizaciones consideradas sujetos obligados en prevención de blanqueo de capitales.
👉 Si tu entidad está en uno de estos grupos, la implantación del Canal Ético no es opcional: es una obligación legal.
Opiniones Reales, Resultados Reales
El equipo de Servicios Normativos transforma la complejidad normativa en tranquilidad, garantizando el cumplimiento eficiente para nuestro negocio.
Pyme (65 empleados) "Nos preocupaba que cualquier denuncia interna pudiera salir a prensa y dañar nuestra reputación. Con el Canal Ético gestionado externamente tenemos un sistema seguro y confidencial. Hoy la plantilla confía en que sus comunicaciones están protegidas."
— Gerente, empresa tecnológica
Asociación sin ánimo de lucro "Como fundación que recibe ayudas públicas, sabíamos que estábamos obligados a implantar un sistema interno de información, pero no teníamos medios ni personal especializado. En pocos días nos lo implantaron, y ahora cumplimos la Ley 2/2023 sin riesgos de sanciones."
— Presidenta de fundación educativa
Empresa industrial (120 personas) "El mayor miedo era que una mala gestión de una denuncia terminara en responsabilidad penal para mí como directivo. Con el Canal Ético externo tenemos garantías, asesoramiento continuo y una trazabilidad clara de cada caso."
— Director de operaciones, sector industrial
¿Y tú, vas a seguir arriesgándote a sanciones?
La Ley 2/2023 obliga a implantar un Canal Ético. Nosotros lo ponemos en marcha en menos de 7 días con gestión externa, segura e imparcial.
¿Quién está obligado a tener canal ético?
Organizaciones con ≥50 empleados y otros supuestos (sectores regulados, fondos públicos…).
¿Debe permitir denuncias anónimas?
Sí, la ley exige canal seguro y confidencial con opción de anonimato.
¿Se puede externalizar la gestión?
Sí, garantizando imparcialidad y cumpliendo plazos.
¿Se puede externalizar la gestión?
Sí, garantizando imparcialidad y cumpliendo plazos.
¿Qué sanciones puede haber por incumplimiento?
Desde avisos y requerimientos hasta multas que pueden ser muy elevadas. La prevención y las evidencias reducen el riesgo.
¿Qué documentos necesito?
Política del canal, procedimiento, designación de responsable y registro de actuaciones.
¿Cuánto se tarda?
Habitualmente entre 7 y 15 días desde la recopilación de información.
Asesoría Normativa Personalizada
Le ayudamos a cumplir con la Ley 2/2023 y a implantar su Canal Ético en Alicante de forma segura, rápida y conforme a la legislación. Optimice sus procesos con un enfoque estratégico eficaz y evite sanciones innecesarias.